Formalice la posesión de su terreno, casa o predio y conviértase en propietario legal con partida registral inscrita en SUNARP. Tramitamos saneamientos notariales y demandas judiciales de usucapión con pleno rigor procesal.
La prescripción adquisitiva (usucapión) es el mecanismo legal que permite adquirir la propiedad de un bien inmueble mediante la posesión continua, pacífica y pública durante diez (10) años sin título, o cinco (5) años si existe justo título y buena fe (Art. 950 del Código Civil). Tras la declaración notarial (exclusiva para predios urbanos bajo la Ley 27157) o la sentencia judicial firme en juzgados civiles, se inscribe el título en la partida registral de SUNARP, otorgando oponibilidad y titularidad conforme a ley.
Tener la posesión sin título inscrito expone su inmueble a embargos de antiguos dueños o disputas familiares. Coordinamos con ingenieros colegiados el levantamiento topográfico, planos visados por la municipalidad y armamos el expediente probatorio para lograr la inscripción en la Zona Registral de SUNARP.
Compró el terreno mediante minuta o recibo firmado pero el vendedor falleció, desapareció o nunca otorgó la escritura pública.
Familias que habitan un predio por más de 10 años continuos sin oposición, construyendo y pagando arbitrios municipales.
Inmuebles inscritos a nombre de antiguos dueños que no coinciden con la cadena de ventas sucesivas no registradas.
Terrenos de cultivo o chacras en valles de Moquegua e Ilo conducidos pacíficamente por productores durante décadas.
La Ley N° 29618 declaró imprescriptibles los bienes de dominio privado estatal a partir de noviembre de 2010. Sin embargo, si la posesión pacífica de 10 años se cumplió antes de dicha fecha, el derecho puede defenderse judicialmente conforme al Pleno Casatorio respectivo.
Ante una oposición formulada por escrito ante el notario, este da por concluido el trámite notarial. En ese momento, asumimos la defensa técnica y demandamos la prescripción adquisitiva ante el Juzgado Civil correspondiente.
Lea nuestra guía exhaustiva sobre los 4 requisitos sustanciales del Art. 950 del Código Civil, planos visados por municipalidades, autovalúo y cómo evitar que una oposición anule su trámite.
Evaluamos sus documentos y planos para determinar la vía más rápida y segura. Sede central en Moquegua y atención en todo el Perú.